En Ecojet S.A. Cargo sabemos lo importante que es para usted contar con un servicio de transporte rápido y seguro para sus envíos en todo el país. Es por eso que ofrecemos una solución integral de transporte aéreo de sobres, paquetería y carga con un alto enfoque en la calidad y la seguridad.

Contamos con una amplia red de rutas aéreas y un equipo de expertos en logística que se aseguran de que su envío llegue a su destino en tiempo y forma.

Nuestros Servicios:

  1. Carga General.
  2. Carga Perecedera.
  3. Restos Humanos.
  4. Alquiler de contendores de seguridad.
  5. Clientes Corporativo

Carga General

Este tipo de carga no requiere ningún manipuleo o manejo especializado, únicamente debe estar contenida en embalajes adecuados. Dentro esta clasificación están los textiles, auto partes simples, mudanza (muebles y enseres), alimentos envasados, entre otros.

Para el transporte de este tipo de carga no se requiere documentación adjunta.

Este tipo de carga no tiene restricción para su aceptación en ECOJET S.A., excepto la coordinación pertinente por espacio en buzones y disponibilidad de carga útil de la aeronave.

Carga Perecedera

Carga perecedera es aquella que está sujeta a descomposición, deterioro o depreciación, es la carga que debe ser transportada con prioridad, debido a que tiene vigencia muy corta, como ser las frutas, los pescados, embutidos, etc.
Productos típicos de esta categoría son:

  1. Productos lácteos
  2. Productos congelados
  3. Flores, frutas y verduras
  4. Sueros, vacunas
  5. Pescados, cárnicos, periódicos, material de prensa, etc.

Para el envió de este tipo de Carga en necesario contar con un embalaje que pueda disminuir la perdida de calor y evite filtraciones del producto

Restos Humanos

RESTOS HUMANOS (HUMAN REMAINS) Término utilizado por las empresas aéreas y por las autoridades civiles de aviación para generalizar la expresión “cadáveres, restos humanos y cadavéricos durante su manejo y transporte.

Eco Jet S.A. transporta HUM como carga por via aerea debidamente autorizada en forma escrita por la Jefatura Nacional de Carga o Control Carga.

1. Aceptacion

  • Solamente se aceptará el transporte de HUM, que hayan fallecido de una enfermedad no contagiosa, y a cuyo cadáver se le hayan aplicado los procesos de formolización (NOTA 1) para su conservación. Este proceso deberá ser realizado dentro de las 48 horas siguientes desde la data de fallecimiento y deberá ser acreditado mediante un certificado de defunción.

Nota 1: Se entiende por Formolización de un cadáver, al proceso que se realiza para retrasar el proceso de descomposición. Si al cadáver se le efectuó una autopsia, se deberá cumplir con los procedimientos adicionales correspondientes, los que deberán ser certificados mediante el certificado médico o adicional.

  • Se considerará el peso de la carga para el cobro, de acuerdo a la edad aproximada del cadáver:
    • Recién Nacido a 1 año:    30 Kg
    • Entre 1 año a 5 años: 50 Kg
    • Entre 6 años a 13 años: 100 Kg
    • Mayor de 14 años: 150 Kg

2. Embalaje

Embalaje adecuado para envíos nacionales deberá contener una combinación adecuada para evitar filtraciones, entre el féretro, material absorbente y una lona de acuerdo a lo siguiente:

  • Ataúd de madera resistente cuyo interior deberá tener material absorbente, este deberá estar cerrado y sellado.

  • Protección con cartón que servirá también como material absorbente.

1.-

2.-

3.-

4.-

 

Colocar una cobertura de plástico, la cual tiene por objetivo fijar el cartón absorbente.

Colocado de lona o carpa resistente e impermeable, cerrada con cinta de embalaje (Masking, Tape), el objetivo de la misma es evitar derrame de líquidos en el caso de existir fluidos desde el féretro al exterior.

 

 

Embalaje Final Opción 1 (Masking, Tape)

Embalaje Final Opción 2 (Cerrado con cuerda)

 

3. Etiquetado y Marcado

Las etiquetas y marcas de un féretro deben ser las mismas que se utilizan para la carga general, no se aceptarán otras marcas que las que se señalan a continuación:

  1. Nombre y Dirección del expedidor y del consignatario, agregando cuando sea posible un número de teléfono del consignatario.
  2. Número de la Guía Aérea (AWB).
  3. Aeropuerto de destino.
  4. Número de piezas que forman el embarque.
  5. Peso.
  6. El símbolo (flecha () se deberá colocar para indicar la ubicación de la cabeza
  7. Etiquetas de manipulación: “POSICIÓN” y “FRÁGIL”.

Ejemplo:

4. Requisitos para la Aceptación

Los Requisitos para el transporte de HUM en Eco Jet S.A. son los siguientes:

  1. Autorización por parte de la Jefatura Nacional de Carga o Control Carga.
  2. Certificado de defunción
  3. Certificado de formolización, si los restos humanos están dentro las 48 horas de fallecido.
  4. Certificado de embalsamiento, si los restos humanos tiene más de 48 horas de haber fallecido.
  5. Permiso de transporte de la policía
  6. Embalaje adecuado: (descripción de Embalaje) el embalaje final deberá ser forrado con lona (para evitar filtraciones de líquidos) provista por el cliente.
  7. El embalaje no deberá desprender olores y/o exudaciones.

5. Entrega de Restos Humanos

Deberán hacerse los arreglos previos para asegurarse que los embarques de restos humanos sean retirados por el consignatario tan pronto como hayan arribado a destino final.

Alquiler de contendores de seguridad

Si necesita enviar una carga urgente, vulnerable y garantizar que llegue a su destino en el menor tiempo posible, le ofrecemos nuestro servicio de alquiler de contenedores de seguridad precintados y  con prioridad en la salida de carga.

Nuestros contenedores de seguridad son resistentes y duraderos, diseñados para proteger su carga durante todo el proceso de transporte. Además, con la prioridad para el envio, aseguramos que su contenedor sea cargado en el primer vuelo disponible, reduciendo significativamente el tiempo de tránsito.

Contáctenos para conocer más sobre nuestros servicios de alquiler de contenedores de seguridad con prioridad de salida y cómo podemos ayudarlo a satisfacer sus necesidades de envío urgente.

Clientes Corporativos

Ofrecemos un servicio de clientes corporativos que está diseñado específicamente para satisfacer las necesidades de empresas que requieren envíos frecuentes y regulares. Este servicio está disponible para empresas de todos los tamaños y sectores.

Como cliente corporativo, tendrá acceso a una amplia variedad de beneficios tarifarios, incluyendo precios preferenciales y una tarifa fija para envíos regulares. Estos beneficios le permitirán ahorrar tiempo y dinero en el envío de sus productos y mejorar la eficiencia de su cadena de suministro.

Además de los beneficios tarifarios, como cliente corporativo también tendrá acceso a una atención personalizada y un equipo de especialistas en logística que lo asesorarán en todo momento. Nos aseguramos de ofrecer un servicio de alta calidad que cumpla con sus requisitos específicos y exceda sus expectativas.

Contáctenos para conocer más sobre nuestro servicio de clientes corporativos y cómo podemos ayudarlo a mejorar la logística de su empresa. Estamos comprometidos en brindarle un servicio confiable y eficiente para sus envíos frecuentes.

Direcciones

Cochabamba

Oficina Aeropuerto

Dirección: Avenida Guillermo Killman (Antiguo Aeropuerto) Ambientes de CADEXCO

Zona: Aeropuerto

Mapa: https://goo.gl/maps/eBwFYwueU7GumcYu5

Teléfono: 69420313

Horarios de Atención:

  • Lunes a Viernes: 04:30 a 20:30
  • Sábados: 04:30 a 14:00
  • Domingos: 06:00 a 20:30

Oficina Central

Dirección: Calle 16 de Julio entre Calle La Paz y Plazuela Constitución

Zona: Quintanilla

Mapa: https://maps.app.goo.gl/nCLeWSaKs7jS1CBp8

Teléfonos: 4141108 - 69420314

Horarios de Atención:

  • Lunes a Viernes: 08:30 a 19:30
  • Sábados: 08:30 a 12:30
  • Domingos: Sin atención

La Paz

Oficina Aeropuerto

Dirección: Aeropuerto internacional El Alto

Zona: Aeropuerto

Mapa: https://goo.gl/maps/dP8C2EbrP2NTQonDA

Teléfono: 69420396

Horarios de Atención:

  • Lunes a Viernes: 06:00 a 19:00
  • Sábados: 06:00 a 13:00
  • Domingos: 09:00 a 17:00

Oficina Central

Dirección: Av Héroes del Pacífico edificio héroes del Pacífico

Zona: Miraflores

Mapa: https://maps.app.goo.gl/UfNHnmAdv612dBZr8

Teléfonos: 2-153700 - 69420397

Horarios de Atención:

  • Lunes a Viernes: 09:00 a 16:00
  • Sábados: 09:00 a 12:30
  • Domingos: Sin atención

Santa Cruz

Oficina Aeropuerto

Dirección: Aeropuerto internacional Viru Viru, mostradores Ecojet

Zona: Aeropuerto Viru Viru

Mapa: https://maps.app.goo.gl/DhXkozkuqdbED3zJ7

Teléfono: 69420457

Horarios de Atención:

  • Lunes a Viernes: 2 Hrs antes de salida de vuelo a 19:30
  • Sábados: 06:00 a 12:00
  • Domingos: 07:00 a 19:30

Oficina Central (TROMPILLO)

Dirección: Avenida Cap. Horacio Vásquez s/n UV26 MZ024

Zona: 2do Anillo avenida la Barranca, Aeropuerto El Trompillo

Mapa: https://maps.app.goo.gl/ds8JGh5NhFPJ6tZA7

Teléfonos: 69420459

Horarios de Atención:

  • Lunes a Viernes: 09:00 a 12:00 14:00 a 18:00
  • Sábados: 08:30 a 12:30
  • Domingos: Sin atención

Rurrenabaque

Dirección: Terminal Antigua del Aeropuerto de Rurrenabaque

Zona: Aeropuerto

Mapa: https://goo.gl/maps/RyAjwBBo6aUvARbf9

Teléfono: 69423979

Horarios de Atención:

  • Lunes, martes , miércoles y viernes: 8:00 a 12:00 - 14:00 a 18:00
  • Jueves de: 7:00 a 12:00

Riberalta

Oficina Aeropuerto

Dirección: Calle Tarija esquina La Paz (aeropuerto)

Zona: Aeropuerto

Mapa: https://goo.gl/maps/jjsM9qYS7QnErdhw9

Teléfono: 69420434

Horarios de Atención:

  • Lunes a Viernes: 08:00 a 16:00
  • Sábados: 08:00 a 13:00
  • Domingos: 09:00 a 16:00

Guayaramerin

Oficina Central

Dirección: Calle 25 de mayo entre Federico Roman y Oruro frente plaza Herniarán Roca Casanova

Zona: Barrio 9 de abril

Mapa: https://goo.gl/maps/UA2Nt91b2BvnH2ZM6
Horario: 06:00 a 21:00
Teléfono: 69420343

Horarios de Atención:

  • Lunes a Viernes: 08:00 hasta las 12:00 y 14:30 hasta las 18:00
  • Sábados: 08:00 hasta 12:00
  • Domingos: 7:00 hasta 11:00

Trinidad

Oficina Aeropuerto

Dirección: Aeropuerto Jorge Henrich Arauz
Zona: Aeropuerto

Mapa: https://goo.gl/maps/UaBqm3CgbJn3Z8V17

Teléfono: 69420479

Horarios de Atención:

  • Lunes a Viernes: 08:00 a 17:30
  • Sábados: 07:00 a 12:30
  • Domingos: 08:00 a 14:00

Sucre

Oficina Aeropuerto

Dirección: Aeropuerto Alcantari
Zona: Alcantari

Mapa: https://goo.gl/maps/AYyPBY7u1f8BGLLL9

Teléfono: 69420473

Horarios de Atención:

  • Lunes a jueves: 07:00 a10:00 tarde 17:30 a 20:00
  • Viernes: 14:00 a 20:30
  • Sábados: 7:00 a 13:00
  • Domingos: 14:00 a 20:30

Oficina Central

Dirección: Dalence N 138 entre Bolivar y Nicolas Ortiz

Zona: Centro plaza 25 de mayo

Mapa: https://goo.gl/maps/99UavCGmEg3vXbyG6

Teléfonos: 469-14716

Horarios de Atención:

  • Lunes a Viernes: 08:30 a 16:00
  • Sábados: 09:00 a 12 30

MERCANCÍAS PELIGROSAS

Ecojet no transporta mercancías peligrosas

Contrato de transporte aéreo

Aviso Importante: Se recomienda al remitente que, por su cuenta, asuma la contratación de un Seguro para proteger sus intereses contra toda eventualidad.

PRIMERA – PARTES: a) El TRANSPORTADOR, en adelante ECO-JET S.A., es la Línea Aérea responsable del transporte; b) el REMITENTE, es la persona natural o jurídica que embarca y envía la carga; c) el DESTINATARIO, es la persona natural o jurídica a quien va dirigida la carga.

SEGUNDA – CONTRATO DE TRANSPORTE AÉREO: El presente documento constituye un contrato voluntario de adhesión, por lo tanto, no es negociable. TERCERA – DE LA IDENTIDAD DEL REMITENTE Y DEL DESTINATARIO: Para suscribir la Carta de Porte Aéreo y el presente Contrato de Transporte Aéreo el REMITENTE tiene la obligación de identificarse mediante Cédula de Identidad vigente, la cual no debe tener daños o rayaduras que den lugar a dudas sobre su validez o autenticidad, cuyos datos que serán transcritos en el presente documento y ratificados con su firma. De igual manera, el DESTINATARIO deberá apersonarse munido de su Cédula de Identidad para poder recoger la carga o encomienda transportada. con su firma. De igual manera, el DESTINATARIO deberá apersonarse munido de su Cédula de Identidad para poder recoger la carga o encomienda transportada.

CUARTA – OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL REMITENTE: a) Es responsable de la exactitud de las indicaciones y declaraciones concernientes a la carga que se consigna en la Carta de Porte Aéreo. Si sus declaraciones resultasen irregulares, inexactas, incompletas o falsas, responderá por los daños que tal circunstancia ocasione al transportador o a terceros; b) tiene la obligación de mostrar el contenido del embarque al momento de depositarlo en oficinas de ECO-JET S.A.. En el caso de que la carga sea de extremo cuidado por su calidad o fragilidad deberá consignar en su empaque la palabra “FRAGIL”; si corresponde ser ésta transportada en posición vertical u horizontal debe informarlo para su registro correspondiente en la Carta de Porte Aéreo; c) deberá depositar el embarque debidamente rotulado y marcado con la dirección correcta del DESTINATARIO, embalado de manera que garantice su transporte seguro en las condiciones ordinarias y normales de manejo de carga; d) es responsable de todos los gastos y costos relacionados con el embarque. Todo gasto por retorno de carga al punto de origen solicitado expresamente, incluyendo costos por almacenaje o depósito, son de su responsabilidad; e) deberá presentar todos los documentos que se deben adjuntar a la Carta de Porte Aéreo para cumplir con los requisitos exigidos por las autoridades nacionales y f) es responsable de cumplir con las normas de seguridad propias del transportador.

QUINTA – DERECHO DE INSPECCIÓN DE EMBARQUE: ECO-JET S.A. tiene derecho a revisar y verificar cualquier embarque en presencia del REMITENTE bajo la modalidad de “AFORO ABIERTO” sin limitación alguna. En caso de que el REMITENTE no permita la revisión del embarque, ECO-JET S.A. se reserva el derecho de negar el servicio de transporte.

SEXTA - CARGA NO RECLAMADA: Si pasados seis (6) meses la carga no es retirada o reclamada por el DESTINATARIO, o no es solicitado su retorno al punto de origen por el REMITENTE, será inventariada y dispuesta de acuerdo a norma. El plazo antes descrito no se aplicará a la carga considerada perecedera reservándose ECO-JET S.A. el derecho de decidir su destino por razones de higiene y salubridad. ECO-JET S.A. no se responsabiliza por cualquier daño o perjuicio que sufra ésta durante su depósito.

SÉPTIMA – DERECHO A OPONERSE AL TRANSPORTE: Amparada en la normativa vigente, ECO-JET S.A. tiene todo el derecho a oponerse o negarse a transportar cualquier tipo de carga cuyo embalaje se encuentre en mal estado o no fuese el adecuado para el tipo de carga declarada. De igual manera puede negarse a transportar cualquier artículo o carga que en esta Carta de Porte Aéreo presente una falsa declaración, valoraciones erradas o que se encuentre declarado como material no aceptable para el transporte.

OCTAVA – LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTADOR: En caso de destrucción accidental, pérdida o avería de la carga, la responsabilidad de ECO-JET S.A. está limitada reembolsar hasta el valor de 17 DEG (Derechos Especiales de Giro) en cumplimiento a lo que establece el artículo Nº 127 de la Ley 2902 – Ley de la Aviación Civil, salvo declaración especial del expedidor o embarcador al transportador en el momento de la revisión y/o entrega de los embarques y mediante el pago de una tasa suplementaria eventual. En tal caso, el transportador está obligado a pagar la cantidad declarada, a menos que pruebe que el valor real de la carga es menor al declarado o que dicha cantidad es superior al interés real del expedidor. El transportador no será responsable si prueba que él y sus dependientes han tomado todas las medidas para evitar el daño o que le fuera imposible haberlas tomado.

NOVENA – EXCLUSIÓN DE DAÑOS CONSECUENCIALES: ECO-JET S.A. no será responsable —en ningún caso— por daños consecuenciales tales como pérdidas de ingresos económicos, lucro cesante, intereses, pérdidas de mercado o cualquier otro daño civil emergente de la destrucción, perdida o avería de la carga y que fuesen reclamados por el REMITENTE, el DESTINATARIO o terceras personas vinculadas a ellos, limitándose únicamente a cumplir lo establecido en la cláusula octava.

DÉCIMA - RESPONSABILIDADES QUE NO SE ASUMEN: ECO-JET S.A. no se responsabiliza por: a) extravío de joyas, dineros o valores que no fueron formalmente declarados en la Carta de Porte Aéreo; b) retrasos en la entrega de la carga por razones climatológicas fortuitas, de fuerza mayor o causa razonable y justificada que imposibilite un correcto cumplimiento; c) por cualquier daño eléctrico o magnético, borradura o cualquier otro daño que se ocasione en datos, imágenes electrónicas, fotografías o grabaciones de cualquier índole; d) por daños ocasionados en cargas perecederas originados por cambios climáticos o técnicos justificados o, en su caso, por retraso en el retiro de la carga atribuible al Destinatario y e) por daños en la carga en la medida en que éstos se deban a la naturaleza, defecto o vicios propios de la carga.

DÉCIMA PRIMERA – RECLAMOS: a) En caso de avería o pérdida parcial de la carga el DESTINATARIO deberá dirigir a ECO-JET S.A. su reclamo y su protesta, por escrito, dentro de un plazo de catorce (14) días a contar desde la fecha de recepción siendo indispensable la constatación por ambas partes del daño causado, al momento de la recepción; b) en caso de pérdida total, resultado de un extravío, desaparición o destrucción, la protesta deberá ser hecha en los mismos plazos pero contados a partir de la fecha en que el Transportador comunique al Remitente o al Destinatario de la carga, que se ha producido la pérdida; c) la falta de protesta en los plazos previstos hace inadmisible toda acción en contra de ECO-JET S.A.; d) ningún reclamo por daño o pérdida será considerado si los costos o derechos de transporte no han sido íntegramente pagados. Las cantidades reclamadas no podrán ser deducidas de los gastos de transporte.

DÉCIMA SEGUNDA – ENTREGA DE LA CARGA: ECO-JET S.A. constatará, en presencia del DESTINATARIO, el estado de la carga al momento de la entrega. Una vez la carga haya sido retirada del recinto de almacenaje de ECO-JET S.A. no se aceptará ningún tipo de reclamo relacionado con la misma. Cualquier situación que hubiese afectado el estado de la carga deberá hacerse constar de manera expresa en la Carta de Porte Aéreo al momento de la entrega al DESTINATARIO. ECO-JET S.A., entregará los despachos o embarques en sus oficinas, no teniendo ninguna obligación de informar, en destino, el arribo de la carga al DESTINATARIO.

DÉCIMA TERCERA – MATERIALES QUE NO SERÁN ACEPTADOS PARA SU TRANSPORTE: a) Armas de fuego; b) artículos peligrosos restringidos por normativa IATA; c) materiales peligrosos, explosivos, combustibles, drogas y precursores; d) animales vivos; e) bienes de cualquier naturaleza cuyo transporte esté prohibido por normas nacionales o internacionales o por las leyes específicas del país de procedencia, del país que se atraviesa en tránsito o por el país de destino del embarque. Todo embarque o artículo que requiera autorización especial para su transporte sólo podrá ser transportado por ECO-JET S.A., si se acompaña la autorización respectiva, emitida por Autoridad competente.

DÉCIMA CUARTA – TRANSPORTE CON PAGO EN DESTINO: En el caso de que ECO-JET S.A. haya aceptado cobrar el valor del transporte en destino, se reserva el derecho de negar la entrega de la carga hasta que todos los importes del transporte hayan sido cancelados. Si el DESTINATARIO se niega a cancelar el valor del transporte, ECO-JET S.A. retornará la carga a origen para ser entregada al REMITENTE previa cancelación de los transportes utilizados quedando ECO-JET S.A. liberada de toda responsabilidad resultante de cualquier daño que pudiera presentarse en ésta, emergente de esta situación.

DÉCIMA QUINTA – SEGURO A PETICIÓN DEL REMITENTE: a) ECO-JET S.A. podrá contratar un Seguro, previo pago, a petición o por cuenta del REMITENTE, por una suma que no exceda los USD 25.000.- (VEINTICINCO MIL 00/100 DÓLARES NORTEAMERICANOS); b) la cobertura del Seguro estará regida únicamente por los términos y condiciones contenidos en la respectiva Póliza, emitida por una tercera empresa aseguradora; c) los daños consecuenciales o emergentes y las perdidas o daños que resulten de demoras en el transporte no estarán cubiertos por dicha Póliza.

DÉCIMA SEXTA – LEGISLACIÓN VIGENTE: La Carta de Porte Aéreo y el Contrato de Transporte Aéreo Nacional se rigen por la Ley 2902 - Ley de la Aviación Civil en Bolivia, el D.S. Nº 285 de 09/09/09 y demás normas de la materia. En caso que el transporte de la carga requiera una escala, parada o tuviese un destino final en el extranjero, se aplicará lo que establece el Convenio de Varsovia (1929), Convención de Montreal (1999), normas IATA y cualquier normativa de carácter internacional vigente en la materia.